Manual de Funciones del Personal Directivo del MPPE

El personal directivo dentro del Ministerio del Poder Popular para la Educación (MPPE) de Venezuela juega un rol crucial en la gestión y supervisión de las instituciones educativas.
Estas funciones, delineadas en la Ley Orgánica de Educación (LOE) y su Reglamento General (RGLOE), abarcan responsabilidades pedagógicas, administrativas y de enlace comunitario.
Comprender estas tareas es fundamental para garantizar el correcto funcionamiento del Sistema Educativo Bolivariano (SEB).
El Rol Estratégico del Director y Subdirector según el RGLOE
El Director es la máxima autoridad del plantel y supervisor nato, encargado de cumplir y hacer cumplir el ordenamiento jurídico emanado del MPPE.
A partir del Artículo 69 del Reglamento General de la LOE, se plantean sus responsabilidades principales que se dividen en gestión, pedagogía y comunidad.
Responsabilidades Administrativas y de Gestión
El personal directivo debe asegurar la operatividad y el cumplimiento normativo de la institución. Las funciones clave incluyen:
| Área Funcional | Descripción de la Función |
|---|---|
| Planificación y Control | Diagnosticar, planificar, organizar, coordinar, controlar, evaluar y ejecutar los planes de acción institucional, tanto a nivel administrativo como pedagógico, con el objeto de reorientar la dinámica funcional del sistema de trabajo. |
| Presupuesto Operativo | Prever conjuntamente con el equipo técnico-docente el Presupuesto Operativo Anual (POA) requerido, acorde con las necesidades prioritarias del plantel. |
| Reglamentación | Velar por el cumplimiento estricto de las normas, procedimientos y reglamentos que rigen el centro educativo, incluyendo las normativas en materia de seguridad integral. |
| Documentación | Gestionar ante la Zona Educativa la documentación relacionada, elaborar y llevar el control de los registros relativos a actas, matrículas, asistencia y estadísticas escolares. |
Funciones Pedagógicas y de Supervisión Educativa
El Director es el responsable de la calidad educativa del plantel, promoviendo el desarrollo integral del proceso de enseñanza-aprendizaje:
- Impartir las directrices y orientaciones pedagógicas, administrativas y disciplinarias.
- Evaluar el desempeño del personal docente anualmente.
- Promover acciones conducentes al mejoramiento continuo del proceso de enseñanza-aprendizaje, basados en los resultados de la evaluación estudiantil.
- Supervisar la ejecución de los planes y programas que garanticen la atención integral de los niños, niñas y adolescentes.
Integración Comunitaria y Consejos Internos
Una función esencial es la articulación con la comunidad para construir y desarrollar el Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC).
- Dirigir y participar en la construcción del Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC) junto a la triada (familia-escuela-comunidad).
- Integrar y presidir los Consejos Directivos, Técnico Docente, de Sección, de Docentes y General, según lo establecido en el Capítulo III del RGLOE.
- Participar activamente en los Consejos de la Directiva de la Sociedad de Padres y Representantes.
El Marco Legal de las Funciones Directivas del MPPE
Las funciones del personal directivo en Venezuela se establecen principalmente en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), la Ley Orgánica de Educación (LOE) y, de forma detallada, en el Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación (RGLOE) de 1986, específicamente en el Artículo 69 y subsiguientes, que definen al Director como la primera autoridad y supervisor nato del plantel.
La Importancia del Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC)
El PEIC es la herramienta fundamental de gestión escolar y pedagógica en el Sistema Educativo Bolivariano.
El Director tiene la responsabilidad directa de dirigir su construcción, asegurando que integre el diagnóstico, la situación problema, el plan de acción, la sistematización, la evaluación y la divulgación, garantizando así que la institución responda a las necesidades reales del entorno comunitario.
Preguntas frecuentes
¿Quién integra el personal directivo de un plantel según el RGLOE?
El personal directivo de una institución educativa está integrado por el Director o Directora y el Subdirector o Subdirectora, quienes ejercen la máxima autoridad y supervisión del plantel.
¿Cuál es la función principal del Director respecto a las políticas del MPPE?
La función principal es garantizar el cumplimiento de las políticas emanadas por las diferentes instancias del Ministerio del Poder Popular para la Educación, siempre en correspondencia con los principios jurídicos y filosóficos establecidos en la Constitución.
¿Qué consejos debe integrar el personal directivo?
El director debe integrar los Consejos Directivos, Técnico Docente, de Sección, de Docentes y el Consejo General, todos contemplados en el Capítulo III del Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación.
¿Qué documento de planificación económica debe elaborar el Director?
Debe prever y elaborar, conjuntamente con el equipo técnico-docente, el Presupuesto Operativo Anual (POA) requerido por el plantel, priorizando las necesidades más urgentes.
¿Qué papel juega el PEIC en las funciones directivas?
El personal directivo debe dirigir y participar activamente en la construcción, ejecución, evaluación y divulgación del Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC), articulando la escuela con la familia y la comunidad.
Manual de Funciones del Personal Obrero del MPPEDeja una respuesta
También te puede interesar...